Para responder a las expectativas y a las competencias más demandadas en el mundo laboral, el Gobierno publicó hace ya más de un año la nueva Ley de la Formación Profesional.
La Ley Orgánica 3/2022 llegó para reinventar el sistema educativo y convertirlo en uno más flexible adaptado a todo tipo de personas.
Tras su entrada en vigor, se prevé que el 50% de las oportunidades de empleo en 2025 vana estar reservadas para personas con cualificación intermedia (técnicos y técnicos superiores de formación profesional).
Mientras que únicamente el 16% de los puestos de trabajo requerirán bajo nivel de cualificación.
Este cambio es muy importante, ya que hay muchas personas que no disponen de las capacidades necesarias.
Esto conlleva un fuerte abandono escolar, brechas de género o desempleo estructural, entre otros problemas.
Además, se suma la dificultad del sistema empresarial para cubrir algunas de las ofertas de empleo debido a que las vacantes pertenecen a niveles intermedios de cualificación vinculados con la formación profesional.
La nueva Ley de FP incluye medidas para responder a las aspiraciones de cualificación profesional de las personas.
A continuación, te contamos todas las modificaciones.
Existen 3 ámbitos para conformar esta nueva ley de la Formación Profesional:
- Ofertas de formación profesional.
- Orientación profesional.
- Acreditación de competencias profesionales.
Toda la formación profesional va a estar integrada en un sistema único organizado por grados y dirigido tanto a estudiantes y personas trabajadoras como a personal desempleado.
El fin es que todos puedan realizar itinerarios formativos que cumplan sus necesidades.
La nueva ley de la Formación Profesional establece un nuevo sistema de grados que va desde las ‘micro-formaciones’ a los títulos de especialización:
- A: corresponde a la acreditación parcial de las competencias. Es la unidad de aprendizaje más pequeña.
- B: implica la obtención de un certificado de competencia profesional.
- C: certificado profesional. Incluiría a los niveles 1, 2 y 3.
- D: ciclos formativos de FP.
- E: cursos de especialización. En el caso de grado medio correspondería a la denominación de especialista, mientras que para grado superior correspondería a un máster profesional.
Toda la FP será dual, es decir, se alternará formación teórica y práctica tanto en el centro de formación como en la empresa, excepto para los grados A y B.
Podrá impartirse la formación en cualquiera de las modalidades presencial, semipresencial, virtual o mixta.
Y se utilizarán los recursos de las tecnologías de la información para garantizar su accesibilidad.
Todos los grados deben adaptarse a las personas con necesidades específicas de apoyo educativo o formativo para garantizar el acceso, la permanencia y la progresión en el aprendizaje.
¡IMPORTANTE! Tras la publicación del RD 659/2023 se introducen otras dos novedades:
- Se van a poder realizar formaciones de corta duración.
- Las personas estudiantes van a poder matricularse en cualquier momento del año.
